Consentimiento(Obligatorio) He leído y acepto las Condiciones de Uso y Normas de Funcionamiento del Canal*
Condiciones de Uso y Normas de Funcionamiento del Canal de Denuncias de INPALUC, S.L.
Estos términos y condiciones rigen el uso y funcionamiento del Canal de Denuncias, disponible en este sitio web, conforme a lo previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción por la que se transpone a nuestro ordenamiento la Directiva (UE) 2019/1937.
Al utilizar este Canal de Denuncias, acepta cumplir -en su integridad- con estos términos y condiciones y, en particular, a utilizar el Canal de Denuncias conforme a lo previsto en la citada ley 2/2023.
1. Ámbito subjetivo
¿Quiénes pueden denunciar?
El Canal de Denuncias está a disposición de los empleados, clientes, proveedores, acreedores, colaboradores, asesores, personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de la empresa, incluidos los miembros no ejecutivos, así como los voluntarios y los trabajadores en prácticas que perciban o no una remuneración y a cualquier otra persona que trabaje bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores de INPALUC,S.L., así como, en general, cualquier persona física o jurídica con relación directa o indirecta con INPALUC, S.L., que tenga conocimiento de cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y/o puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave o cualquier vulneración del resto del ordenamiento jurídico siempre que, en cualquiera de los casos, afecten o menoscaben directamente el interés general, y no cuenten con una regulación específica. En todo caso, se entenderá afectado el interés general cuando la acción u omisión de que se trate implique quebranto económico para la Hacienda Pública. También incluye cualquier acción u omisión que constituya una infracción del Sistema de Gobierno Corporativo de INPALUC, S.L.,
La protección que otorga la citada Ley 2/2023 a los informantes se entiende a ellos y a las personas que prestan asistencia a los informantes, a las personas de su entorno que puedan sufrir represalias, así como a las personas jurídicas propiedad del informante, entre otras.
¿Quiénes pueden ser denunciados?
Pueden ser denunciados empleados, clientes, proveedores y acreedores, colaboradores, asesores, y en general cualquier persona física o jurídica directa o indirectamente relacionada con INPALUC, S.L.
2. Ámbito objetivo
¿Qué se puede denunciar?
Este Canal de Denuncias permite realizar comunicaciones sobre cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y/o puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave o cualquier vulneración del resto del ordenamiento jurídico siempre que, en cualquiera de los casos, afecten o menoscaben directamente el interés general, y no cuenten con una regulación específica. En todo caso, se entenderá afectado el interés general cuando la acción u omisión de que se trate implique quebranto económico para la Hacienda Pública. También incluye cualquier acción u omisión que constituya una infracción del Sistema de Gobierno Corporativo de INPALUC, S.L.
3. Medios para formular denuncias.
¿Por qué medios se puede presentar?
A través del siguiente enlace que figura en nuestra página web https://www.campoaras.net/denuncia
4. Protección del denunciante
Garantizar la protección de los derechos de los informantes: respecto a las personas que informen libremente de cualquier infracción de las acciones u omisiones referidas anteriormente, se debe garantizar que no sufrirán ningún tipo de represalias por parte de la empresa ni de sus compañeros de trabajo.
Garantizar la confidencialidad y el anonimato: una medida ex ante esencial para evitar represalias consiste en salvaguardar -en todo momento- la confidencialidad y el anonimato del denunciante durante el proceso de denuncia y las investigaciones desencadenadas por la denuncia.
5. Procedimiento de gestión de denuncias
5.1 Envío de acuse de recibo de la comunicación al informante, en el plazo máximo de siete días naturales siguientes a su recepción.
5.2 Determinación del plazo máximo para dar respuesta a las actuaciones de investigación, que no podrá ser superior a tres meses a contar desde la recepción de la comunicación o, si no se remitió un acuse de recibo al informante, a tres meses a partir del vencimiento del plazo de siete días después de efectuarse la comunicación, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales.
5.3 Previsión de la posibilidad de mantener la comunicación con el informante y, si se considera necesario, de solicitar a la persona informante información adicional y pruebas.
5.4 Establecimiento del derecho de la persona afectada a que se le informe de las acciones u omisiones que se le atribuyen, y a ser oída en cualquier momento. Dicha comunicación tendrá lugar en el tiempo y forma que se considere adecuado para garantizar el buen fin de la investigación.
5.5 Garantía de la confidencialidad y anonimato cuando la comunicación sea remitida por canales de denuncia que no sean los establecidos o a miembros del personal no responsable de su tratamiento.
5.6 Exigencia del respeto íntegro a la presunción de inocencia y al honor de las personas afectadas.
5.7 Respeto de las disposiciones sobre protección de datos personales de acuerdo a lo previsto en el Título VI de la Ley 2/2023. En este sentido, INPALUC es extremadamente respetuosa con la legislación vigente en materia confidencialidad y de tratamiento de datos de carácter personal y protección de la confidencialidad de la información/documentación que pudiera recibir, en el ámbito del presente Canal de Denuncias, de forma que garantiza la privacidad de todos los datos personales de los usuarios y el resto de información confidencial aportada a través del Canal de Denuncias, adoptando, para ello, las medidas técnicas y organizativas necesarias, para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado o robo de los datos personales facilitados, y habida cuenta de la naturaleza de los datos y los riesgos a los que están expuestos.
Para el desarrollo de la finalidad del tratamiento podría ser necesaria la comunicación de datos a las administraciones públicas competentes para la investigación y/o enjuiciamiento de los hechos comunicados (por ejemplo, el Ministerio Fiscal), así como a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado u organismos de la administración de justicia (en los casos en los que sea estrictamente necesario comunicar la identidad) o a personas dentro de INPALUC para seguir investigaciones internas.
Conservaremos, en su caso, los datos personales durante el plazo necesario para decidir sobre el inicio de actuaciones de investigación y, en caso de no dar trámite a la información transmitida, durante un plazo máximo de tres meses. Una vez transcurrido este plazo, borraremos toda la información personal relacionada con el expediente y lo archivaremos anonimizado. En el supuesto de que se abran investigaciones posteriores, los datos personales se mantendrán durante los plazos que resulten de aplicación, según la tipología de infracción comunicada y la responsabilidad derivada.
El anonimato del denunciante será preservado en todo momento a lo largo de todas las etapas del proceso mediante la aplicación de las mejores técnicas de seguridad y estándares de confidencialidad, pudiendo ser accedida únicamente por personal autorizado y especializado en la gestión de este tipo de información.
No obstante lo anterior, puede optar por comunicar la información de manera no anónima, si así se desea.
5.8 Remisión de la información al Ministerio Fiscal con carácter inmediato cuando los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea.
6. Obligaciones y responsabilidad del usuario
Los usuarios se comprometen a utilizar este Canal de Denuncias de manera responsable. Se prohíbe el uso inapropiado, abusivo, ofensivo, difamatorio, ilegal o cualquier otro uso que viole las leyes aplicables o los derechos de terceros.
7. Legislación aplicable
El Canal de Denuncias se rige por la ley común española y, en particular, por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.